Familia Numerosa de Categoría Especial
Las familias numerosas se clasifican en dos categorías: General y Especial. La categoría Especial se otorga a aquellas familias con un mayor número de hijos o situaciones económicas específicas, permitiéndoles acceder a mayores beneficios y deducciones fiscales.
¿Cuándo se considera Categoría Especial?
Para ser reconocida como Familia Numerosa de Categoría Especial, la unidad familiar debe cumplir alguno de los siguientes supuestos:
- 5 o más hijos: Familias con cinco o más hijos (sin necesidad de condiciones económicas).
- 4 hijos: Familias con cuatro hijos, siempre que al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento múltiple.
- 4 hijos (por ingresos): Familias con cuatro hijos cuando los ingresos anuales, divididos por el número de miembros, no superen el 75% del IPREM vigente (aprox. 6.300€/año por persona en 2026, verificar cifra exacta anual).
Nota importante sobre discapacidad: Cada hijo con discapacidad o incapacitado para trabajar computa como dos para determinar la categoría.
Beneficios Adicionales de la Categoría Especial
Deducción Fiscal (IRPF)
La deducción base asciende a 2.400€ anuales (frente a los 1.200€ de la General), más 600€ adicionales por cada hijo que exceda el número mínimo.
Tasas Educativas
Exención total (100%) del pago de matrículas en universidades y centros públicos (frente al 50% de la General).
Transporte
Descuentos superiores en transporte: 50% en Renfe y transporte por carretera (frente al 20% de la General).
Documentación Específica
Para solicitar el título de Categoría Especial, además de la documentación habitual (DNI, Libro de Familia, Empadronamiento), deberás aportar:
- Acreditación de Ingresos: Declaración de la Renta del último ejercicio (si se solicita por el supuesto de ingresos limitados con 4 hijos).
- Certificado de Discapacidad: Si aplica alguno de los miembros para el cómputo especial.
- Título de Familia Numerosa anterior: Si se trata de una renovación por cambio de categoría.
Mantenimiento de la Categoría
Desde la reforma de la Ley de Protección a las Familias Numerosas, la categoría especial se mantiene hasta que el último de los hijos cumpla la edad límite (21 o 26 años si estudia), aunque el número de hijos a cargo disminuya con el tiempo, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos económicos en los casos que aplique.