Deducción Fiscal por Familia Numerosa 2026
Las familias numerosas tienen derecho a una deducción específica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta deducción actúa mejorando la cuota diferencial, es decir, se cobra incluso si no se tiene obligación de declarar (impuesto negativo).
Importes de la Deducción
1.200 € / año
Para familias numerosas de categoría general. Equivalente a 100 € mensuales.
2.400 € / año
Para familias numerosas de categoría especial. Equivalente a 200 € mensuales.
+600 € / año
Por cada hijo que exceda del número mínimo exigido para adquirir la categoría de general o especial.
Estas deducciones son acumulables si se dan otras circunstancias, como tener ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo (1.200 € adicionales por persona).
Formas de Cobro
1. Abono Anticipado (Mensual)
Puedes solicitar que la Agencia Tributaria te ingrese la deducción mes a mes (100€ o 200€). Para ello debes presentar el Modelo 143.
- Se solicita una sola vez y se mantiene mientras se cumplan los requisitos.
- Requisito indispensable: estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y cotizar los plazos mínimos exigidos.
2. En la Declaración de la Renta (Anual)
Si no solicitas el abono anticipado, o si este suspende, se aplicará la deducción total en el momento de realizar la Declaración de la Renta anual. Deberás rellenar las casillas correspondientes a "Deducción por familia numerosa".
Requisitos Generales
- Estar en posesión del Título de Familia Numerosa en vigor.
- Realizar una actividad por cuenta propia o ajena con cotización a la Seguridad Social, o bien percibir prestaciones contributivas o asistenciales (desempleo, jubilación).
Importante: Es necesario verificar periódicamente que los datos en Hacienda coincidan con la situación real de la familia para evitar errores en los cobros.
Cómo Solicitar el Abono Anticipado (Modelo 143)
Existen tres vías para presentar el Modelo 143:
- Por Internet: Con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN en la Sede Electrónica de la AEAT.
- Por Teléfono: Llamando al 901 200 345 (Centro de Atención Telefónica).
- Presencialmente: En oficinas de la Agencia Tributaria (con cita previa).