Los núcleos familiares que son reconocidos como familias numerosas por el gobierno español, gozan de una variedad de beneficios, rebajas y subvenciones acorde a su carácter y condición que les permite mejorar su economía doméstica. En este artículo hablaremos sobre las rebajas que corresponden a la Agencia Tributaria

Wikipedia define a las familias numerosas como aquellas unidades familiares cuya cantidad de hijos iguala o supera los límites permitidos de acuerdo al territorio donde viven.
En España, la legislación acepta y protege a familias con uno o dos ascendientes que tengan dos o más hijos que dependan de ellos económicamente y que posean unas características particulares. A estas familias se les conoce jurídicamente como familias numerosas.
A partir de la promulgación de la Ley 40/2003 que protege a núcleos familiares de dos o más hijos con uno o más ascendientes con problemas de discapacidad, dependencia económica, reciente estado de viudedad entre otros, se generaron un listado de beneficios económicos que ayudarán a las familias numerosas según su condición a la exoneración o rebaja de impuestos, tasas y aranceles para cierto tipo de trámites legales y fiscales.
En consecuencia, y antes de adentrar en los beneficios del ámbito fiscal que se encuentran cubiertos por la Agencia Tributaria familia numerosa, debemos primero aclarar quienes serán los beneficiarios de dichas medidas.
Familias Numerosas de Carácter General
En el artículo 2 correspondiente a la Ley 40/2003 del 18 de Noviembre, promulgada para la protección de las familias numerosas, éstas se definen de la siguiente forma:
a) Uno o dos padres con al menos dos hijos, sean o no comunes, siempre que uno de éstos sea discapacitado.
b) Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera estuviera incapacitado para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
c) Padre separado o divorciado, con tres o más hijos, comunes o no, se pueden encontrar en distintas unidades familiares, siempre y cuando se encuentren bajo su dependencia económica.
d) Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no dependan del mismo.
e) Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
f) El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.
Familias numerosas de carácter especial
Las familias numerosas de carácter especial son aquellas que tienen cinco o más. En su defecto, aquellas que tienen 4 y que cumplan una de los siguientes requisitos:
- Familias con cuatro hijos o más, procedientes de parto, adopción o acogimiento permanente.
- Cuando los ingresos totales de la familia dividido por el número de integrantes que poseen no llegue al 75% de los ingresos mínimos anuales por concepto del monto del salario mínimo vigente para ese período.
Para ello, cada hijo/a discapacitado o incapacitado para trabajar que pertenezca a un núcleo familiar, computará como dos para determinar a cual tipo de familia numerosa forma parte.

Recaudos a presentar Agencia Tributaria Familia Numerosa
Para poder acceder a estos y otros favores de ley, es necesario presentar los siguientes recaudos:
- Título o Carnet de Familia Numerosa
- DNI, NIE o pasaporte de los beneficiados por la medida
- Solicitud llenada y firmada del trámite que se esté realizando. Dichos formatos pueden ser encontrados en la página web del AEAT: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/DFN_PD.shtml
Documentación a entregar dependiendo del caso a tramitar:
Deducción por padre o hijo con discapacidad bajo tutela de su familia:
a) El NIF del descendiente/ ascendiente.
b) La fecha de efectos del reconocimiento de la discapacidad
Cesión del derecho:
a) NIF del contribuyente que le ha cedido el derecho.
b) NIF de la persona a la que le cede el derecho.
c) Monto total de las cotizaciones a la Seguridad Social del contribuyente y, en su caso, las cotizaciones de los contribuyentes que le hayan cedido el derecho.
d) Cuantía de los pagos anticipados en caso de haberlo
Para cumplimentar la deducción por familia numerosa:
a) Título de de familia numerosa:
b)Número de Identificación
c) Categoría de la familia numerosa
d) Fecha de expedición del título (en caso de haber sido reconocida el mismo año de la declaración)
Deducción por padre separado o divorciado, con dos o más hijos, sin derecho a pensión alimentaria o con las mismas impagas:
a) NIF de los hijos
Aplicar rebajas Agencia Tributaria Familia Numerosa
Con el fin de poder adherirse a los beneficios fiscales y autorizaciones correspondientes a las declaraciones de renta anuales, anticipos por concepto de hijos o ascendientes con discapacidad para familias numerosas monoparentales, de carácter general y especial, es necesario seguir los siguientes pasos:
- Registrarse en la página web de la Agencia Tributaria de España
-
Llenar los modelos 143, 121 o 122 según sea el caso:
- Modelo 143: Abono anticipado del IRPF deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo.
- Modelo 121: IRPF. Deducciones por familia numerosa con categoría especial como consencuencia de tener personas con discapacidad a cargo. Documento firmado donde se autoriza la cesión de derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.
- Modelo 122: Impuesto sobre la Renta Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, como consecuencia de tener personas con discapacidad a cargo o ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial.
- Petición de cita previa por el portal, o en su defecto, dirigirse a la Oficina de la Agencia Tributaria Española más cercana a consignar los respectivos recaudos.
Agencia Tributaria Familia Numerosa
Estos son los beneficios, rebajas, exenciones y bonificaciones a los que tendrán derecho todas las familias numerosas que ostenten el título de familia numerosa.
- En la declaración de la renta, se puede realizar una deducción de 1.500€ que puede incrementar hasta 2.400€ si se trata de familia de categoría especial o con discapacitados. Dicho beneficio puede ser otorgado mensualmente, 100€ cada vez si es solicitado ante la Agencia Tributaria de la Comunidad correspondiente.
- Deducción de 1.200€ es aplicable también a familias monoparentales con dos hijos que no reciban ayuda por alimentación del otro progenitor.
- “Cheque fiscal” para familias con ascendientes o descendientes con un grado de discapacidad superior al 33%. Se trata de una deducción de 1.200 euros. Una ventaja compatible con la de la declaración de la renta anteriormente expuesta, pues en el caso de que se den ambas circunstancias: familia numerosa con un miembro con discapacidad, pueden acumularse ambas deducciones.
- Reducción del IBI(Impuesto de Bienes Inmuebles)
- 50% de descuento en el impuesto de matriculación, cuando el vehículo tiene más de 5 plazas