Familia Numerosa

En este artículo te explicaremos todo la información correspondiente a una familia numerosa. ¿Quiénes son? ¿Cuáles son sus clases o tipos? ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el título de familia numerosa? ¿Cuáles son los beneficios de ser clasificado como familia numerosa? Y otras dudas más al respecto

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En Wikipedia se define a la familia numerosa como aquella cuya cantidad de hijos supera o iguala la cantidad fijada en un país o territorio. Para el gobierno español, se entiende por familia numerosa como “aquella que está integrada por los padres y tres o más hijos, sean o no comunes”.

Según cifras del INE, en España existen al menos medio millón de familias que entran en esta condición.  En el país vasco existe una legislación que se encarga de registrar y ayudar a las mismas desde el año 1941,  a la cual se le han ido agregando modificaciones y subvenciones hasta llegar al alcance de los decretos actuales. Antes de comenzar a adentrarnos en las características y beneficios de ser reconocido como una familia numerosa por el Estado, debemos primero tener en claro los diversos conceptos y tipos de la misma.

También es importante considerar dentro del concepto general de familia numerosa, a las familias monoparentales. Conformadas por papás o mamás solteros que deciden hacerse cargo de sus hijos de manera individual y carecen de pensión alimentaria. Este grupo familiar está conformado por casi tres millones de ciudadanos españoles. Gracias a la constante actualización de las leyes españolas en concordancia con las necesidades actuales de su ciudadanía, se han acogido estos núcleos familiares dentro de la denominación de las familias numerosas y, por ende, adquieren todos sus beneficios, ayudas, descuentos, bonificaciones y subvenciones adquiridas por ley.

¿Quiénes son una familia numerosa? Definición y Características

Para tener claro el concepto y las características que debemos tomar en cuenta para poder tener acceso a los beneficios, ayudas y ventajas que ofrece la ley vasca a los núcleos familiares denominados como familias numerosas, les presentamos el  artículo 2 correspondiente a la Ley 40/2003 del 18 de Noviembre, promulgada para la protección de las familias numerosas, en las cuales se definen a las que se presentan como carácter general de la siguiente forma:

  1. Uno o dos progenitores con dos hijos, sean comunes o no, siempre que al menos uno de éstos esté discapacitado o incapacitado para trabajar.
  2. Dos progenitores, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean comunes o no.
  3. Padre o madre separado o divorciado, quien tenga tres o más hijos a su cargo, siendo o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre y cuando se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no compartan el mismo domicilio.
  4. Dos hermanos o más, huérfanos de papá y/o mamá que se encuentren en régimen de adopción, acogimiento o tutela, convivan con su tutor, acogedor o guardador pero no dependan económicamente del mismo.
  5. Tres hermanos o más huérfanos de padre y/o madre, o ambos inclusive, mayores de 18 años, o dos hermanos huérfanos, si uno de ellos es discapacitado para trabajar, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.

Por otro lado, la Legislación española acoge también a las familias numerosas que poseen las siguientes características:

  1. Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.
  2. Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
  3. El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.

También se entiende como familia numerosa a la considerada monoparental por divorcio, estado de viudedad o familias con un cónyuge discapacitado que tengan dos hijos, comunes o no, siempre que, al menos uno de ellos, sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.  Según las Disposiciones Adicionales de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Familias numerosas. ¿Cuándo entran en carácter especial?

Las definiciones anteriores extraídas de la ley que rige al país vasco corresponden al concepto general que enmarca a las familias numerosas. Sin embargo, también existen familias numerosas que debido a la cantidad de integrantes pueden ser clasificadas bajo el carácter de especial.

Las familias numerosas de carácter especial son aquellas que tienen cinco o más. En su defecto, aquellas que tienen 4 y que cumplan una de los siguientes requisitos:

  1. Cuatro hijos o más cuando, al menos el 90% de ellos, es decir, tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiple.
  2. Cuando los ingresos totales de los miembros aportantes del núcleo familiar, dividido por el número de miembros total que la compone, no superen en cómputo anual el 75% del salario mínimo interprofesional en ese momento vigente. 

Es importante tomar en cuenta que, cada hijo/a discapacitado o incapacitado para trabajar que pertenezca a determinado núcleo familiar, computará como dos para determinar a cual tipo de familia numerosa forma parte siendo susceptible a cambios de categoría y modificaciones en el Título de Familia Numerosa que les permitirá, obtener todas las ayudas y beneficios de familia numerosa.

Somos una familia numerosa. ¿Qué debo hacer para ser registrada como tal?

Si se reconocen como familia numerosa a través de los conceptos anteriormente descritos, el próximo paso es obtener el título acreditativo de la condición por medio de los establecimientos de las Comunidades Autónomas. El mismo tendrá validez a nivel nacional y podrá ser renovado o revocado en caso de que se varíe el número de integrantes de dicho núcleo familiar.

Para ser acreditado como una familia numerosa, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Los hijos deben ser solteros y menores de 21 años de edad, o en su defecto, estar incapacitados para trabajar, sin límite de edad para beneficio. Tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años de edad, cuando cursen estudios que se consideren adecuados a su edad y se encuentren encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
  • Convivir con el ascendiente o ascendientes, sin perjuicio de separación de los mismos.
  • Depender económicamente del ascendiente o ascendientes. Será considerada la dependencia económica si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
  1. El hijo obtenga unos ingresos no superiores anualmente, al salario mínimo vigente.
  2. El hijo esté incapacitado para el trabajo y la cuantía de su pensión, si la percibiese, no exceda el salario mínimo vigente a ese momento.
  3. El hijo contribuya al sostenimiento de la familia y exista un único ascendiente, si éste no está en activo.
  4. El hijo contribuya al sostenimiento de la familia y el padre y/o la madre estén incapacitados para el trabajo, jubilados o sean mayores de 65 años de edad, siempre que los ingresos de éstos no sean superiores al salario mínimo vigente.
  5. Adicional a ello, los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles (para presentar su DNI correspondiente) o pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea O, en su defecto, de alguno de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo  (para presentar su NIE).

Los extranjeros que no pertenezcan a ninguno de los acuerdos mencionados deberán tener su pasaporte y papeles migratorios en regla; además de fijar la residencia de su unidad familiar dentro del territorio español según reza el Artículo 3 de la Ley 40/2003 del 18 de Noviembre.

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Título Familia Numerosa. Adquirirlo para gozar de múltiples beneficios

El gobierno español ofrece una gran cantidad de beneficios para aquellas familias que se registren como familia numerosa. El número de beneficios siempre va en aumento gracias a la continua actualización de las necesidades y requerimientos de este sector de la población vasca.

Para poder acceder a los beneficios en materia tributaria, laboral, educativa, seguridad social, turismo entre otras, se debe estar registrado y obtener un título que le acredite como tal ante los organismos otorgantes del beneficio.

El título de familia numerosa es entonces, el documento que acredita a una unidad familiar de forma oficial en la condición de familia numerosa en todo el territorio español, y le permite, de esta forma, tener acceso a todos los beneficios adquiridos por ley.

Tras consignar la documentación necesaria y su acreditación por el ente público de cada región – Organismos de Registro, Ventanilla Única, Oficinas del Ayuntamiento, entre otros – este documento que acredita a la familia de ser familia numerosa y tiene validez a nivel nacional, los pertenecientes a ella deben asegurarse de mantener en vigor las condiciones que le permitieron obtener el reconocimiento como tal.

Registro para familias numerosas en las Comunidades Españolas

Para conseguir el carné que te acredita como familia numerosa, es necesario  presentar una solicitud debidamente llenada y firmada, original o copia del libro de familia, hoja de empadronamiento, DNI, NIE o Pasaporte  y una fotografía, tanto del solicitante como de los integrantes de la familia que desea ser reconocida ante la ley como Familia Numerosa.

Para la Comunidad Autónoma de Madrid, se debe pedir ser reconocido como familia numerosa por medio del  ingreso al portal de la Comunidad de Madrid http://www.madrid.org y solicitar el mismo a través del Servicio de Cita Previa de Familias Numerosas, o a través del teléfono de Atención al Ciudadano 012.

De manera presencial, esta gestión se puede realizar en cualquier Oficina de Registro, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado.

Por internet, a través del Registro Telemático de la Comunidad de Madrid, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la misma. En dicha solicitud se posibilita la opción de aportar documentos, conocer el status de la tramitación, enviar comunicaciones referentes al expediente en cuestión y recibir las notificaciones vía correo electrónico, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones de la Comunidad de Madrid.

Para la familia numerosa radicada en Valencia, la Comunitat Valenciana pide residir en la misma o la documentación que haga constar el ser ciudadanos españoles que cumplen con los requisitos que exige la ley, o en su defecto, firmar una autorización de verificación de los datos personales que permita al ente comprobados los datos de identidad, residencia, tributos y seguridad social con la finalidad de emitir el título correspondiente a Familia Numerosa.

En Andalucia, el trámite para la familia numerosa se puede realizar de dos maneras: ingresando al portal de la Junta de Andalucia www.juntadeandalucia.es/servicios o, presencialmente, imprimiendo los formularios de Declaración Responsable de Ingresos y Expedición/Renovación de la familia numerosa.

Adicional a ello, la familia numerosa en Andalucia debe consignar DNI o Consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través del sistema de verificación de identidad, Libro de familia, Fotografías y el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

Para españoles residentes en el extranjero, pueden presentarse en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España.

Solicitud Título Familia Numerosa. ¿Quiénes pueden obtenerlo?

La expedición del Título, así como su renovación se solicitará por cualquiera de los ascendientes, persona tutora, acogedora o guardadora, u otro miembro de la unidad familiar con la capacidad legal.

Documentación exigida

En la Comunidad de Madrid, tal y como se puede leer en su página web http://www.madrid.org es necesario consignar la plantilla de Solicitud de Familia Numerosa con la documentación exigida para el reconocimiento y obtención del Título de Familia numerosa. Esto puede variar de la categoría de familia numerosa y el tipo de trámite. Si es por primera vez, se puede leer lo siguiente:

Familia con 3 o más hijos:

  1. Plantilla de solicitud firmada por uno de los progenitores, tutores o cuidadores
  2. Fotocopia del libro de familia donde conste el vínculo de cada uno de los integrantes de la familia
  3. Fotocopia del DNI, NIE  o pasaporte según sea el caso, de padres e hijos mayores de 14 años.
  4. Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento al que corresponden con una antigüedad menor a tres meses.
  5. Si se poseen hijos o cónyuge discapacitado, copia del certificado que les acredite como tal.

Familia sin vínculo matrimonial:

  1. Solicitud firmada por el padre que será el titular de la familia numerosa
  2. Documento de autorización del otro progenitor donde reconoce la inclusión de los niños en el título de familia numerosa
  3. Fotocopia del DNI de los progenitores y sus hijos mayores de 14 años
  4. Fotocopia del libro o los libros de familia donde se encuentren registrados
  5. Certificado de empadronamiento

Familia de residentes extranjeros: Siempre que estén registrados legalmente, pueden ser reconocidos como familia numerosa

  1. Fotocopia de NIE o certificado de ser ciudadano proveniente de un país miembro de la UE
  2. Solicitud firmada por uno de los progenitores
  3. En caso de que alguno de los integrantes de la familia sea español, consignar copia del DNI
  4. Fotocopia de los libros de familia
  5. Certificado de empadronamiento

Familia con padre o madre fallecido:

  1. Solicitud firmada por el progenitor restante o tutor legal
  2. Copia del DNI del progenitor restante, tutor e hijos mayores de 14 años.
  3. Copia del libro de familia
  4. Certificado de empadronamiento
  5. Documentación legal que certifique la tutoría legal, en caso de ser tutor.

Familia con categoría especial por ingresos: Los requisitos anteriores mas la declaración de renta e ingresos con el informe laboral los progenitores e hijos mayores de 16 años que trabajen y coticen en la Seguridad Social, certificación de discapacidad de hijos mayores de 21 años en caso de tenerlos ya que éstos computan como dos para la declaración de renta anual.

Un solo progenitor:

  1. Solicitud firmada por el progenitor
  2. Copia del DNI del progenitor y de los hijos mayores de 14 años en caso de tenerlos
  3. Copia del libro de familia
  4. Volante de empadronamiento
  5. En caso de ser reconocidos por el otro progenitor, documento donde se haga constar que este se encuentra en conocimiento de la solicitud
  6. Documentación adicional requerida donde haga constar la responsabilidad económica

Padres divorciados: Adicional a los requisitos anteriormente mencionados, documentación acreditativa del divorcio o separación. En caso de ser el progenitor no custodio, documento de autorización del padre responsable a realizar el trámite.

Familia de nueva unión: Los requisitos generales más la documentación acreditativa del vínculo conyugal

Circunstancias Especiales. Solicitud Título Familia Numerosa

  1. En caso de viudedad, que no constare en el Libro de Familia, certificado de defunción del Registro Civil o declaración judicial de fallecimiento.
  2. Si la persona solicitante es extranjera y  no pertenece a la Comunidad de la UE, debe aportar copia de la tarjeta de identidad de extranjero o pasaporte, copia de la tarjeta de identidad de extranjero de los miembros que integran la unidad familiar, copia del documento que acredite el vínculo de parentesco de los miembros de la unidad familiar con la persona solicitante.
  3. En caso de hijos/as mayores de 21 años y hasta los 25 años incluidos:
  1. Constancia o matrícula oficial que acredite que cursan estudios de educación universitaria, Formación Profesional de grado superior, de enseñanzas especializadas de nivel equivalente a las universitarias o profesionales
  2. Certificación o matrícula oficial acreditativa de que cursan estudios encaminados a la obtención de un puesto de trabajo, así como el justificante de pago si así se considerase.
  3. En casos de dependencia económica entre hermanos, se aportará documentación acreditativa de que la persona tutora, guardadora o acogedora, si existe, no contribuye a su sostenimiento económico. Si los solicitantes son mayores de edad, se anexará documentación donde conste la existencia de la dependencia económica entre ellos.
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Título Familia Numerosa. ¿Dónde y cómo solicitarlo?

Luego de haber reunido todos los recaudos correspondientes a su status como familia numerosa se procede a la consignación de los mismos en las OAC, Ventanillas Únicas, oficinas del ayuntamiento entre otras para hacer la solicitud formal del título de familia numerosa.

El título de familia numerosa puede ser solicitado de varias formas:

  1. Vía web visitando la página de la Comunidad Autónoma
  2. Llamada telefónica al 012
  3. Concertando una cita previa por vía telemática o presencial
  4. Dirigiéndose de manera presencial a las Oficinas de Registro
  5. Correo certificado del Estado Español

Si se encuentra en el exterior, puede ser consignado en los siguientes sitios:

  1. Representaciones diplomáticas o sedes consulares de España
  2. Página web de las mismas

Beneficios de ser acreditado como familia numerosa

En España, ser reconocido como familia numerosa tiene múltiples beneficios. Para acceder a ellos, primero debes tener el carné que te acredite como tal y presentarlo en cualquier instancia donde desees pedir el mismo.

A continuación te presentaremos algunos de los beneficios a los que puedes optar siendo una familia numerosa:

En el ámbito fiscal:

  1. En la declaración de la renta, se puede realizar una deducción de 1.500€ que puede incrementar hasta 2.400€ si se trata de familia de categoría especial o con discapacitados. Dicho beneficio puede ser otorgado mensualmente, 100€ cada vez si es solicitado ante la Agencia Tributaria de la Comunidad correspondiente.
  2. Deducción de 1.200€ es aplicable también a familias monoparentales con dos hijos que no reciban ayuda por alimentación del otro progenitor.
  3. “Cheque fiscal” para unidades familiarescon padres, hijos o ambos inclusive, que estén incapacitados para trabajar, con un grado de discapacidad superior al 33%. Se trata de una deducción de 1.200 euros. Una ventaja compatible con la de la declaración de la renta anteriormente expuesta, pues en el caso de que se den ambas circunstancias: familia numerosa con un miembro con discapacidad, pueden acumularse ambas deducciones.
  4. Reducción del IBI(Impuesto de Bienes Inmuebles) y en las facturas de suministros.
  5. Descuento hata del 50% en tasas y matrículas de todos los regímenes, niveles y ciclos educativos, además de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación, examen, expedición de títulos y diplomas para las familias de categoría general. Las de categoría especial tendrán una exención del 100%.
  6. Disminución del 50% en el impuesto de matriculación, cuando el vehículo a adquirir tenga más de cinco puesto
  7. PLAN PIVE8: permite el reembolso de hasta 3.000€ de subvención para la compra de un vehículo siempre que se de baja uno de antigüedad mínima de diez años, sea su propiedad durante 12 meses continuos cuente con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), cuando el precio de los nuevos vehículos no exceda de 30.000 € (IVA sin incluir).
  8. Exención de pago de tasas en la tramitación del DNI ya sea si es renovación o primera expedición.
  9. Aumento del límite de ingresos mínimos necesarios para recibir la asignación de la Seguridad Social destinada a familias con hijos menores a cargo: hasta 17.423,84 € anuales para familias con 3 hijos a su cargo, incrementándose en 2.822,18 € por hijo a partir del cuarto.

Seguridad Social:

  1. Si se va a contratar a un cuidador, existe una bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social
  2. Bono social de descuento de hasta un 25% en la facturación que afecte la economía doméstica
  3. Cheque de 100 Euros mensuales correspondiente a bonificación por maternidad o partenidad según sea el caso
  4. Cheque de 1000 Euros mensuales como ayuda a padres y madres cuyos hijos sean menores a 3 años

Laborales:

  1. El permiso de paternidad incrementa en 20 días por cada nacimiento.
  2. Excedencia por cuidados del hijo hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
  3. Prestación dineraria en caso de desempleo que varía según la cantidad de hijos que se tenga. De esta forma, el importe máximo de la prestación contributiva, en caso de no tener hijos, es de es el siguiente: 1.087,20 €. Si tiene un hijo es de 1.242,52 €; y si cuenta con dos hijos o más es de 1.397,84 €.
  4. Consideración especial a los cuidadores de familias numerosas en caso de movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y extinción del contrato de trabajo.

Educativos: 

  1. Se proporciona descuentos en las matrículas
  2. Preferencias en becas, ayudas y admisión en centros, albergues y centros cívicos de un 50 hasta un 100% aplicable también para la matrícula universitaria.
  3. Favor a las familias numerosas a la hora de adjudicar becas de estudios.
  4. Deducción a la hora de comprar libros y otros materiales didácticos.
  5. Subsidio de transporte y comedor escolar en las familias numerosas catalogadas como especiales.

Transporte, Ocio, Viviendas y otros:

  1. Descuentos en transportes: 20% en billetes de tren, autobús y barco y 5% en vuelos. Las familias de categoría especial recibirán por el mismo concepto, rebajas del 50 y 10% de descuento respectivamente
  2. Preferencias en contratos de alquiler del Plan Estatal de Vivienda
  3. Mayores facilidades para acceder a ayudas financieras
  4. Acceso a subsidios para adquirir viviendas nuevas o usadas
  5. Ayuda económica para remodelaciones que involucren la mejora de viviendas para hijos con discapacidad
  6. Descuento de hasta un 50% en las entradas para museos y teatros, entre otros.
  7. Rebaja en instalaciones deportivas (depende de cada ayuntamiento) que oscila entre 10 y un 50%.
  8. Preferencia en el acceso de actividades de ocio del IMSERSO (turismo y termalismo social).
  9. A partir del 2016, hasta un 50% de exención en auditorios pertenecientes a la red del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM)
  10. Viaje aéreo nacional con Iberia: 5% de descuento con la Tarjeta General y 10% de descuento con la Tarjeta Especial.
  11. Ahorros en tiendas y supermercados: reducción para titulares de tarjetas.
  12. Precios reducidos en parques temáticos, zoológicos, etc.
  13. MRW Courier posee una oferta de servicio por 1 mes de mensajería (un paquete) a cualquiera de estos países de Europa: España, Portugal, Gibraltar o Andorra por solo 5,49 €. Límite de peso 5 k (o 2 k para Baleares o Islas Canarias).
  14. Promoción Especial Gocco Familias Numerosas: según el portal masdedos.org 40% de descuento entre los meses de mayo y junio de 2018
  15. Carrefour posee tarjeta SUPERFAMILIAS y descuento en IVA de sus productos frescos
  16. Carrefour Viajes: En su página web ofrecen paquetes “Todo Incluido” para que puedas planificar las vacaciones soñadas de tu familia numerosa
  17. LIDL: gran variedad de descuentos, rebajas y promociones
  18. Eroski: Da el 5% de cada compra.
  19. Transvia: 15% de descuento en Bus Turístico. 10% de descuento en entradas de parques temáticos. -8% en viajes y circuitos culturales del mayorista Paisajes.
  20. Parque Warner: 50% de descuento para ti y 4 acompañantes con sólo si eres cliente de Movistar al descargar una factura y el cupón con el código de descuento correspondiente
  21. Parque de Atracciones “Nickelodeon Land”: 50% de descuento en el Parque de Atracciones para ti y 4 acompañantes presentando el cupón de descuento y una factura si eres cliente de Movistar
  22. Parques Reunidos: Recuerda presentar los cupones de la promoción mas la factura en las taquillas de las atracciones, si eres cliente de Movistar
    1. 30% de descuento para ti y 3 acompañantes en Zoo Aquarium Madrid
    2. 50% por cada titular mas 3 acompañantes.
  23. Adicionalmente, un descuento del 10% en la facturación mensual para familias numerosas afiliadas que cuenten con la documentación necesaria para ser reconocidas como tal, si eres cliente de Movistar.

Beneficios públicos y privados según la Comunidad donde vivas

A lo largo del territorio español pueden ser ubicados y obtenidos una gran diversidad de promociones, descuentos, beneficios y opciones para resguardar la economía doméstica de las familias numerosas. A continuación les presentamos algunos ejemplos:

En Andalucía, los beneficios a los que se pueden acceder a través de  beneficiosfamiliasnumerosas.org son:

Educación:

  1. Universidad de Sevilla. Beneficios en la matriculación para las familias numerosas
  2. Ayudas en guarderías y comedores. Prestación pública a familias numerosas en guarderías y comedores escolares

Nacimiento, adopción o acogimiento

  1. Ayuda por parto múltiple y nacimiento tercer hijo. Prestación pública por nacimiento de tercer hijo y parto/acogimiento múltiple

Tasas y precios públicos

  1. Exención del pago de Tasas en oposición. Exención del pago de la Tasas en oposiciones
  2. Bonificación en tasas de oposiciones. Prestación pública a familias numerosas en tasas para oposiciones

Vivienda          Viviendas de Protección Oficial

  1. Prestación pública a familias numerosas en viviendas de protección oficial

Para la Comunidad de Madrid, algunos de los beneficios para las familias numerosas en prestaciones públicas comprenden las siguientes:

Educación

  1. Exoneración del pago para familias numerosas.

Fiscalidad

  1. Deducción en el Impuesto de Bienes Inmuebles.
  2. Incremento cuantía autonómica en el IRPF por mínimo por descendiente.
  3. Deducción autonómica por nacimiento o adopción en el IRPF.

Tasas y precios públicos

  1. Consorcio Regional del Transporte Madrileño (CRTM).
  2. Descuentos en la Factura del Agua.

Vivienda

  1. Beneficios en materia de vivienda

La Comunitat de Valencia ofrece los siguientes beneficios públicos a saber:

Educación

  1. Universidades públicas de la Comunidad Valenciana. Exención o bonificación de matrícula universitaria para familias numerosas

Fiscalidad

  1. Deducciones autonómicas compatibles a familias numerosas

Tasas y precios públicos

  1. Impuesto de transmisiones patrimoniales

Transporte

  1. TRAM (Transporte Metropolitano de Alicante)
  2. Metrovalencia

Federación Española de Familias Numerosas

La Federación Española de Familias Numerosas es una entidad sin ánimo de lucro e independiente que representa y defiende los intereses de las familias numerosas.

Declarada Entidad De Utilidad Pública desde el año 2003, su objetivo es conseguir para las familias numerosas el reconocimiento social y económico que les corresponde y, en consecuencia, otorgarles facilidades en el acceso a bienes y servicios, tanto públicos como privados. Dicha entidad está integrada por más de 80 Asociaciones locales, provinciales y autonómicas, que trabajan en cada Comunidad Autónoma, con el objetivo común de hacer valer y defender los derechos de las familias numerosas.

Este cuerpo público creado con la finalidad de brindar apoyo a las familias numerosas posee un sitio web llamado https://beneficiosfamiliasnumerosas.org/ en el cual se agrupan los beneficios, descuentos, rebajas y compensaciones a las que pueden acceder las mismas en cualquier parte del territorio español.

En dicha página, además de tener acceso a los beneficios listados anteriormente, se pueden acceder a descuentos en compras de mercado, alojamiento vacacional, compras de ropa de temporada, aparatos electrónicos, servicios bancarios entre otros ingresando a las Ofertas por población, por Sector u Ofertas en línea que poseen un sinfín de fabricantes y prestadores de servicios afiliados a la misma.

Al entrar en cada beneficio se debe seleccionar la ficha anexa donde se encuentran los requisitos para obtenerlos.

Para tener acceso a todos los beneficios que ofrece https://beneficiosfamiliasnumerosas.org/ es necesario registrarse completando un formulario donde se debe ingresar la Comunidad a la que se pertenece así como una copia del Carné que los identifica como familia numerosa por correo electrónico a la Asociación de tu localidad o de tu región.

Algunos de los beneficios, descuentos, ofertas, rebajas y consideraciones que se pueden encontrar son:

  1. Educación: Ofertas y descuentos en Servicios Educativos donde se deber estar asociado. Conmasfuturo es alguna de ellas. 10% de descuento en servicio seleccionado
  2. Hogar: Rebajas y beneficios en la compra de BandeGel y en la factura de luz por luzcontrol.org
  3. Alimentación: Beneficios para los asociados de los comercios quienes forman parte de la alianza: Acquajet, Cal Fuitós, Condisline forman parte de algunos de ellos
  4. Seguros
  5. Alojamiento: Grandes cadenas hoteleras como el Holiday Inn, Crowne Plaza Hotels & Resorts, Hoteles Índigo e Intercontinental se encuentran adheridos a esta iniciativa gubernamental con apoyo privado. Pincha en las respectivas fichas para planificar mejor las próximas escapadas con tu familia numerosa
  6. Moda: Precios más bajos y consideraciones para socios inscritos en los aliados. Algunos comercios que participan son: mipapamemima.com, reestrenosshop.com, Canadá House, Pekeñacos, Decimas, Tuc tuc entre otros
  7. Ocio-Turismo: Rebajas con la presentación del Carnet Familia Numerosa y la Afiliación a la platarforma FEFN para socios que ingresen a las páginas web de Magic Marc, Delta Yacht Cruisers y El Camino del Esquí
  8. Salud: En Euroallergy.com y Mi otra farmaciia con sólo acceder a la ficha correspondiente y pinchar las ofertas de temporada
  9. Vehiculos: Facilidades en OPEL y Rivekids para familias numerosas inscritas en la plataforma
  10. Idiomas: Via Families e Ibidem Group ofrecen atractivas soluciones para los jefes de familias numerosas que busquen descuentos para sus pequeños en este ramo
  11. Libros: La Casa del Libro ofrece entre un 5 y 10% de descuento en productos y servicios para aquellos socios que sean frecuentes en esta plataforma, aplicable en libros físicos o electrónicos
  12. Otros: Aquí se engloba un extenso listado de productos y servicios a disposición de las familias numerosas. Algunos nombres que forman parte son: Magic Foto, Marcaropa, Protegeme Joya, Tramites de nacimiento.es, yo porteo tu porteas

Beneficios de El Corte Inglés

La famosa cadena de supermercados y tiendas española El Corte Inglés, ofrece una serie de descuentos y facilidades para los miembros de las familias numerosas.

Desde hace 5 años colabora activamente con la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) y ofreciendo un cupón de 10€ cada mes   para canjear en Hipercor,  el Supermercado El Corte Inglés o en las páginas web de las mismas.

Puedes registrarte a través de la página web de El Corte Inglés o a través de https://beneficiosfamiliasnumerosas.org/ para tener acceso a éste y otros beneficios.

Desde enero de este año se puede acceder vía web al cupón familiar, canjeable dentro del mes en curso en cualquiera de las sucursales de El Corte Inglés.

Viajes El Corte Inglés también ofrece descuentos para familias numerosas. En su dirección web https://www.viajeselcorteingles.es/condiciones-familia-numerosa se establecen cuales son los requisitos a consignar y también las condiciones que aplican para poder obtenerlo.

Viajes El Corte Inglés ofrece las siguientes rebajas sólo disponibles para las tarifas a nivel nacional:

  1. 10% de descuento en caso de Familias numerosas de carácter especial
  2. 5% de descuento en caso de familias numerosas de carácter general

Dichas bonificaciones pueden ser acumulables.

Normativa legal que ampara a las familias numerosas en España

Por último deseamos dejarle el conjunto de leyes que enmarcan la protección de aquellas familias que se acogen a la protección de la definición legal de familias numerosas y su amparo a través de los correspondientes Título y Carnet  de Familia Numerosa, así como las condiciones en las cuales se debe tramitar la renovación del Título de Familia Numerosa que se encuentre caducado:

– Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE 19-11-2003)

-Ley 21/1986 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1987. Disposición adicional decimotercera por la que se amplia el concepto de Familia Numerosa. (BOE 24/12/1986)

-Ley 42/1994 de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y de orden social. Disposición adicional cuarta por la que se amplia el concepto de Familia Numerosa. (BOE 31/12/1994)

-Real Decreto 1801/1995, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición final cuarta de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, por la que se amplia el concepto de Familia Numerosa (BOE 04/11/1995)

-Ley 8/1998, de 14 de abril, de ampliación del concepto de Familia Numerosa (BOE 15/04/1998)

-Real Decreto 6/1999, de 8 de enero, por el que, en cumplimiento de la Ley 8/1998, de 14 de abril, se modifica el Real Decreto 1801/1995, de 3 de noviembre, de ampliación del concepto de Familia Numerosa (BOE 04/02/1999)

– Ley 47/1999, de 16 de diciembre, por la que se modifica el artículo 5 de la Ley 27/1971, de 19 de junio, de Protección a las Familias Numerosas (BOE 17/12/1999).

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Referencias:

http://www.3ymas.com/la-familia-numerosa/quien-es-familia-numerosa/

http://blog.gestores.net/concepto-legal-de-familia-numerosa/

https://www.boe.es/boe/dias/2003/11/19/pdfs/A40845-40852.pdf

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_InfPractica_FA&cid=1354249419963&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura

https://www.papelea.com/generalitat-valenciana/solicitud-alta-o-renovacion-titulo-familia-numerosa

https://beneficiosfamiliasnumerosas.org/